El periodo de prueba es la fase inicial de un contrato durante la cual empresa y persona trabajadora pueden comprobar si el puesto encaja, con la particularidad de que cualquiera de las partes puede poner fin a la relación laboral sin alegar causa ni pagar indemnización. Es una herramienta útil, pero está sujeta a reglas estrictas: si no se pacta bien, no tiene validez.
En esta guía verás qué es el periodo de prueba, cuánto puede durar, qué requisitos debe cumplir, qué derechos tiene la persona trabajadora durante esa fase y qué ocurre si se supera o no. Al depender en buena parte del convenio colectivo, conviene revisar siempre el aplicable a cada contrato.
¿Qué es el periodo de prueba?
El periodo de prueba es un pacto, recogido por escrito en el contrato, que permite a ambas partes evaluar la relación laboral durante sus primeras semanas o meses. La empresa comprueba si la persona se adapta al puesto; la persona trabajadora, si el trabajo y la organización responden a sus expectativas.
Durante esta fase, la relación laboral es plena a todos los efectos (salario, alta en la Seguridad Social, vacaciones que se van generando…), pero con una diferencia clave: su extinción es libre para cualquiera de las partes.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
La duración la fija en primer lugar el convenio colectivo aplicable. En su defecto, el Estatuto de los Trabajadores establece unos límites máximos de referencia:
- Técnicos titulados: hasta 6 meses.
- Resto de personas trabajadoras: hasta 2 meses (o hasta 3 meses en empresas de menos de 25 trabajadores).
- Contratos temporales de duración inferior a 6 meses: el periodo de prueba no puede superar 1 mes, salvo que el convenio indique otra cosa.
Un límite importante: no cabe periodo de prueba si la persona ya ha desempeñado las mismas funciones en la empresa anteriormente, con independencia del tipo de contrato. En ese caso, el pacto sería nulo.
Requisitos para que sea válido
- Por escrito: debe constar expresamente en el contrato. Un periodo de prueba verbal no es válido.
- Antes o al inicio de la relación: se pacta al firmar el contrato, no después.
- Respetar los límites del convenio: no puede superar la duración máxima fijada.
- Funciones no desempeñadas antes: si ya se hizo el mismo trabajo en la empresa, no procede.
Si falta cualquiera de estos requisitos, se entiende que no hay periodo de prueba y la extinción libre deja de ser posible.
Derechos durante el periodo de prueba
La persona trabajadora tiene, durante esta fase, los mismos derechos y obligaciones que cualquier otra de su categoría: percibe su salario, cotiza, genera vacaciones y está cubierta ante contingencias. La única diferencia es la facilidad para extinguir el contrato. El tiempo de prueba, además, computa a efectos de antigüedad una vez superado.
¿Se puede interrumpir el periodo de prueba?
Situaciones como una incapacidad temporal, el nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo o la adopción pueden interrumpir el cómputo del periodo de prueba si así se acuerda entre las partes, de modo que se reanude tras la reincorporación. Conviene dejarlo previsto en el contrato para evitar dudas.
¿Qué pasa si se extingue durante la prueba?
Durante el periodo de prueba, cualquiera de las partes puede poner fin al contrato sin necesidad de alegar una causa ni de dar preaviso (salvo que el convenio o el contrato lo exijan) y sin derecho a indemnización. Es la diferencia esencial frente a un despido posterior.
Hay un matiz relevante: la extinción no puede ser discriminatoria ni vulnerar derechos fundamentales. Si se demuestra que responde a una causa discriminatoria, sería nula pese a estar en periodo de prueba.
¿Y si se supera el periodo de prueba?
Si transcurre el plazo sin que ninguna parte extinga el contrato, la persona adquiere plena estabilidad: la relación continúa con normalidad y, a partir de ese momento, cualquier finalización deberá ajustarse a las reglas del despido, con sus causas e indemnizaciones.
Preguntas frecuentes sobre el periodo de prueba
¿Qué es el periodo de prueba en un contrato?
Es la fase inicial pactada por escrito en la que empresa y trabajador pueden comprobar si el puesto encaja, con la posibilidad de extinguir el contrato libremente, sin causa ni indemnización.
¿Cuánto puede durar el periodo de prueba?
Lo fija el convenio colectivo. En su defecto, hasta 6 meses para técnicos titulados y hasta 2 meses para el resto (3 en empresas de menos de 25 trabajadores); en temporales de menos de 6 meses, máximo 1 mes.
¿Puede la empresa despedir sin indemnización en el periodo de prueba?
Sí, cualquiera de las partes puede extinguir el contrato durante la prueba sin causa ni indemnización, siempre que no sea por un motivo discriminatorio o que vulnere derechos fundamentales.
¿Es obligatorio que el periodo de prueba conste por escrito?
Sí. Si no figura por escrito en el contrato, se entiende que no existe periodo de prueba y no cabe la extinción libre.
¿Cuenta el periodo de prueba para la antigüedad?
Sí. Una vez superado, el tiempo trabajado durante la prueba computa a efectos de antigüedad.
